Maestría Facultad de Derecho y Ciencia Política

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    La herencia entre parientes afines en la familia ensamblada: Un estudio desde el Derecho Constitucional peruano
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Del Valle Vargas, Jorge Enrique Junior; Bermúdez Tapia, Manuel Alexis
    La familia ensamblada es uno de los más recientes modelos de linaje reconocidos formalmente por el Tribunal Constitucional peruano en el ordenamiento jurídico nacional. A través de sus pronunciamientos le ha reconocido una serie de derechos basados en los vínculos paternoafectivos. Sin embargo, pese a sus reiteradas sentencias en la materia, omite pronunciarse con relación a si existe derecho a la herencia entre padre e hijos afines y cuál sería su desarrollo. Conforme a la regulación vigente en la materia, aparentemente esta prerrogativa jurídica no debiese existir, sin embargo, en atención a las sentencias antes señaladas de este tribunal, nosotros consideramos que sí, teniéndose en cuenta que sus planteamientos por analogía pro homine nos permiten afirmar su existencia. En ese orden de ideas, nos proponemos analizar si debiera regularse el derecho a la filiación afín y cuál debería ser su contenido, alcance y eficacia jurídica. Asimismo, nos recomendamos destacar el papel del activismo judicial como garante de la satisfacción y tutela de este derecho, mientras no exista una reforma legislativa al respecto.
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    El uso inapropiado del nombre y los procesos de cambio, supresión o adición de prenombre en los juzgados civiles o mixtos en el distrito judicial de Lima: 2017-2021
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Sotomayor Rivera, Jesús Yuseff; Bermúdez Tapia, Manuel Alexis
    Se realiza un estudio de investigación descriptiva, correlacional, y transversal sobre la designación de prenombres ridículos, inapropiados y contrarios a la dignidad de la persona humana en la Corte Superior de Justicia de Lima. La población está compuesta por las sentencias judiciales sobre cambio, supresión o adición de prenombre de la Corte Superior de Justicia de Lima de los años judiciales correspondientes desde el 2017 al 2021. Se selecciona una muestra que está conformada por las sentencias judiciales: primera, segunda instancia y jurisprudencias emitidas por la Corte Suprema de Justicia de Lima correspondiente a los años judiciales desde 2017 hasta 2021, donde se aplica el muestreo aleatorio simple para proporciones con error del 5% y nivel de confianza del 95%. La información se recolecta mediante la revisión y análisis de los expedientes de los procesos judiciales en giro y/o archivados según expedientes N°: 003395-2023-TDA-SG (Lima), 004497-2022-OAL-P-CSJLIMANORTE-PJ (Lima Norte), 051039-2022-TDA-SG (Lima Sur) y 0511039-2022-TDA-SG (Lima Este) generados por el área de informática de dichas cortes, teniendo en cuenta las Áreas de Administración de Base de datos, previo consentimiento informado. Se aplica además una encuesta de opinión sobre el cambio, supresión o adición de prenombre a ciudadanos, partes, abogados y magistrados de dichas localidades. Esto permite determinar los principales problemas en los prenombres ridículos, inapropiados y contrario a la dignidad de la persona humana que genera afectación al portador y de esta manera contribuir al mejoramiento de la dignidad de las personas.
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    Los modelos de responsabilidad de la persona jurídica en el sistema penal peruano luego de la entrada en vigencia de la Ley N.° 30424
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2025) Córdova Rojas, Joel Enrique; Sáenz Torres, Alexei Dante
    Analizar los modelos de responsabilidad de la persona jurídica que se encuentran vigentes en nuestro sistema penal, como lo son las consecuencias accesorias aplicables a la persona jurídica, así como la denominada responsabilidad “administrativa”, para indicar las razones dogmáticas y político criminales que permitirían su coexistencia. Los modelos de responsabilidad de la persona jurídica en el sistema penal vigente, que son las consecuencias accesorias y la denominada responsabilidad “administrativa”, pueden coexistir porque ambos obedecen a fundamentos teóricos y fácticos distintos, por cuanto el primero es una medida asegurativa que se aplica a la persona jurídica por el riesgo que ella representa y más próximo a un modelo de hetero-responsabilidad, mientras que el segundo corresponde a un modelo de responsabilidad penal autónoma.
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    La determinación objetiva y positiva del hecho como fundamento y límite de la intervención delictiva del intraneus en los delitos especiales funcionariales
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2025) Armas Sánchez, Roger; Martinez Huaman, Raul Ernesto
    En la actualidad, la intervención delictiva, como una de las instituciones jurídico penales de la parte general, trae consigo una vasta problemática en su entendimiento, interpretación y aplicación. Esta categoría dogmática reviste de mayor complejidad y problemática en los injustos penales especiales funcionariales, sobre el cual, la dogmática, doctrina y jurisprudencia nacional han desarrollado hasta tres líneas hermenéuticas: dominio del hecho, infracción del deber en sus tres variantes (extrapenal, institucional y penal) y dominio sobre la vulnerabilidad del bien jurídico. No obstante, pese a sus esfuerzos dogmáticos y político criminales, ninguno ha brindado una idónea, sólida y consistente propuesta de solución. Así, dentro de los injustos penales funcionariales se advierte aquellos de daño o resultado y de mera conducta o actividad. Esta última ha tenido escaso tratamiento en el Perú. De ahí que la tesis que se presenta –sui generis-, partiendo del marco de garantías, derechos y principios de un derecho penal en un modelo de Estado constitucional y convencional de derecho como el peruano, propone el criterio de la determinación objetiva y positiva del hecho. Nuestro criterio dogmático de propuesta tiene una clara y categórica incidencia para delimitar y fundamentar el título de imputación del intraneus en los injustos penales especiales funcionariales de mera conducta o actividad, porque amplía el deber pretípico previsto para éstos, lográndose de esta manera una delimitación y fundamentación del título de imputación con mayor razonabilidad y a partir de un concepto restrictivo de autor, sin apartarse de la base ontológica y respetando la plena vigencia de los principios, inter alia, de legalidad penal, última ratio; y, formación autónoma de conceptos en derecho penal, como auténticas garantías de los derechos fundamentales que limitan el ius puniendi del Estado. En esta tesis se defiende además la conceptualización del dominio del hecho en su moderna acepción, como aquel dominio donde el intraneus determina objetiva y positivamente el hecho previsto en el tipo penal, pero con preponderancia de lo objetivo, distando de esta manera de las propuestas dogmáticas de las clásicas concepciones del dominio del hecho del finalismo y funcionalismo.
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    Fundamentos que justifican regular el control judicial formal oficioso de la disposición de formalización y continuación de investigación preparatoria
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Rivera Villanueva , José Luis; Brousset Salas, Ricardo Alberto
    La presente investigación tiene el objetivo de identificar los fundamentos que justifican regular el control judicial de oficio de la disposición de formalización y continuación de investigación preparatoria en el ordenamiento jurídico penal. Asimismo, plantea que los principios de proscripción de la arbitrariedad, economía procesal y el derecho de defensa, y garantizar la eficacia del proceso son los fundamentos que justifican regular el control judicial de oficio de la disposición de formalización y continuación de investigación preparatoria en el ordenamiento jurídico penal. La metodología utilizada durante la investigación será la aplicada, con el enfoque cualitativo, el diseño persigue la línea de la teoría fundamentada, el nivel de carácter explicativo y el tipo básico.
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    El reconocimiento constitucional del derecho de acceso a internet en la constitución política de 1993
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Botto Cayo, Luis Fernando; Carruitero Lecca, Francisco Rogger
    El presente estudio tiene como objetivo analizar la percepción de los abogados que ejercen en Lima Metropolitana en relación con la Ley 31878, que reforma la Constitución Política de 1993 para reconocer el acceso a Internet como un derecho fundamental, y su impacto en los derechos al trabajo y a la educación. Justificado en el contexto de la creciente importancia del Internet como herramienta para el ejercicio de derechos fundamentales, el estudio empleó un diseño no experimental de enfoque mixto, con una metodología descriptiva y explicativa. La población estuvo conformada por 47,800 abogados, de los cuales se seleccionó una muestra de 380 mediante muestreo intencionado. Los resultados revelan una percepción mayoritariamente positiva sobre la Ley 31878 y su capacidad para reducir desigualdades, mejorar el acceso a la educación y fortalecer las oportunidades laborales. Sin embargo, se observan discrepancias en la valoración de la efectividad práctica de la reforma, especialmente en la implementación de derechos a través del Internet. Las conclusiones destacan la relevancia de la Ley 31878 como un avance significativo en el constitucionalismo peruano, subrayando la necesidad de políticas públicas inclusivas para garantizar su impacto efectivo en los derechos fundamentales.
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    Impacto de la superposición de entidades para supervisar la falta de obtención de consentimiento en el tratamiento de datos personales de consumidores
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Mejía Trujillo, Bruno Gianpier; Núñez Ponce, Julio César
    Aborda la problemática y el impacto que genera que en el ordenamiento jurídico peruano exista una superposición de entidades competentes para investigar y sancionar la falta de obtención del consentimiento para el envío de publicidad comercial no solicitada. Asimismo, se pretende demostrar que este problema afecta a las empresas al estar expuestas a fiscalizaciones y sanciones impuestas por ambas entidades. El consentimiento es una figura jurídica de suma relevancia y uno de los principios rectores sobre el cual se sostiene la normativa peruana que regula la protección de datos personales. Para las empresas, en su condición de responsables de tratamiento, es una obligación prevista legalmente obtener este consentimiento de forma previa al tratamiento de los datos personales de sus titulares (consumidores). La falta de obtención de dicho consentimiento ya está tipificada, desde el 2013, como una infracción administrativa en la regulación de protección de datos personales y la entidad competente para conocer estos casos y determinar la responsabilidad de las empresas es la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales. Sin perjuicio de ello, a partir de 2018, con una modificación a la normativa de protección al consumidor, se tipificó como infracción ―bajo la modalidad de método comercial agresivo o engañoso― el envío de publicidad comercial no solicitada, esto es, sin el consentimiento previo de los consumidores, siendo la entidad competente para conocer estos casos y determinar la responsabilidad de los proveedores el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual.
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    Los efectos del acto jurídico celebrado para delinquir. A propósito de los delitos de falsificación de documentos y estelionato
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Cavero Farfán, Ricardo Iván; Malpartida Castillo, Víctor
    Plantea diferir del fuero civil al penal el pronunciamiento judicial del conflicto de intereses causado por el acto jurídico delictivo, mediante un enfoque integral del ordenamiento jurídico y principios procesales. En el desarrollo de la tesis se acredita mediante conceptos normativos, dogmáticos y jurisprudenciales que el juez penal es competente para emitir resolución judicial decretando la nulidad del acto jurídico materia de estudio, de ahí que permite proteger el derecho de propiedad de la víctima del delito.
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    La visita íntima en el derecho de ejecución penal peruano: aplicación en los grupos de especial protección y de delitos contra la libertad sexual en los establecimientos penitenciarios
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Romero Casilla, Anthony Julio; Palomino Manchego, José Félix
    Analiza los aspectos problemáticos y determinantes de la figura penitenciaria de la visita íntima, tales como, la naturaleza jurídica, la trascendencia del hacinamiento carcelario y la vulneración de derechos fundamentales del interno, la relación existente con el tratamiento penitenciario y la dimensión referente a la abstinencia sexual, y el control y prevención en casos de grupos particulares del sistema carcelario, centrándose especialmente en este último punto en los grupos de especial protección y de delitos contra la libertad sexual. En ese sentido, se considera que la visita íntima si tiene importancia en el derecho de ejecución penal peruano, toda vez que, constituye un elemento esencial dentro del proceso de resocialización y reinserción de la PPL; sin embargo, no tiene una correcta aplicación, interpretación y, a lo contrario, se ha venido prostituyendo dicha institución. Por tanto, se concluye que se ha observado una transformación de lo que debería ser un derecho fundamental explícito del interno, un nulo acceso formal por parte de la población penal intramuros y una falta de regímenes especiales de visita íntima para internos que han cometido tipos penales delicados, lo cual ha conllevado a un impacto negativo en el tratamiento penitenciario y salud reproductiva de los internos, así como, el incumplimiento con las exigencias estipuladas por el ordenamiento jurídico.
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    El derecho a la salud mental en el teletrabajo
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Gonzales Chinchay, Danny Javier; Medina Otazú, Augusto
    El presente estudio se propone analizar y evaluar si la Ley N°31572, conocida como la Ley del Teletrabajo, junto con su reglamento, brindan una regulación jurídica efectiva para salvaguardar el derecho a la salud mental en el ámbito del teletrabajo. Los hallazgos muestran que, si bien la normativa incorpora avances relevantes, como el reconocimiento del derecho a la desconexión digital, no ofrece una protección adecuada y objetiva respecto de la salud mental de quienes realizan teletrabajo. Esta conclusión se fundamenta, entre otros motivos, en la ausencia de un marco normativo adecuado para evaluar y gestionar los denominados riesgos psicosociales en el entorno laboral, los cuales están estrechamente relacionados con el surgimiento de problemas asociados a la salud mental. Asimismo, el enfoque sobre los accidentes laborales y las enfermedades profesionales es limitado en cuanto a la protección del derecho a la salud mental. Por lo tanto, la investigación sugiere la implementación de nuevas herramientas jurídicas que brinden a los operadores del derecho mecanismos más efectivos para abordar los conflictos relacionados con la salvaguarda de la salud mental de los teletrabajadores.
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    El trabajo penitenciario en el marco del programa “Cárceles productivas" dentro del penal Lurigancho entre los años 2018 a 2019: una propuesta para conjugar el reconocimiento de los derechos laborales de los internos con el derecho de reparación de las víctimas
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Rodríguez Salazar, Aníbal Ruivo; Nuñovero Cisneros, Lucía Betty
    El presente trabajo analiza la aplicación del Programa “Cárceles Productivas” en el Penal de Lurigancho entre los años 2018 y 2019, con el objeto de discutir si los derechos fundamentales laborales de los reclusos fueron respetados en virtud del marco normativo internacional y las obligaciones del Estado Peruano, así como evaluar si la ejecución de dicho programa ha permitido que las víctimas de los reclusos que accedieron al mismo hayan visto satisfecho su derecho a la reparación. Asimismo, se proponen soluciones de reforma al referido programa, con la finalidad de procurar la satisfacción del derecho de reparación a las víctimas, mientras se vela por el respeto de los derechos laborales de los reclusos.
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    Transformación del fundamento de la reincidencia ¿La actual regulación de la reincidencia como circunstancia agravante cualificada prevista en el artículo 46-B del código penal mantiene como fundamento la prevención especial?
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Mendoza Garay, Ampelio; Rojas Rodríguez, Héctor Fidel
    La reincidencia es una institución vigente en el ordenamiento peruano desde el código penal de 1863 y 1924, habiéndose proscrito en la composición primigenio de la norma sustantiva de 1991. Luego, fue reincorporada en el inciso 13 del artículo 46 del actual código penal, como una circunstancia agravante genérica y en el artículo 46-B como una circunstancia agravante cualificada. Desde entonces, la reincidencia ha sufrido diversas modificaciones, como: se derogó el inciso 13 del artículo 46 del código penal y quedó regulada únicamente la reincidencia como una circunstancia agravante cualificada (artículo 46-B), es decir, se optó por una regulación más gravosa. Asimismo, la facultad del juez en agravar la pena se modificó por una exigencia para agravar la pena. Se incorporó una reincidencia de segundo grado que es más gravosa que la reincidencia de primer grado, y se aplica sin límite de plazo entre la primera condena cumplida y realización del segundo hecho delictivo. Seguidamente, fue modificado uno de los requisitos que configuran la reincidencia consistente en haber cumplido en todo o en parte, una pena privativa de libertad (pena específica) por una pena genérica, es decir, podría aplicarse la reincidencia por cualquiera de las penas previstas en el código penal y, por último, se introdujo una reincidencia “cruzada” entre delitos y faltas. De esta manera, las modificaciones que ha sufrido desde su reintroducción a la normativa penal hasta la actualidad, dan cuenta de que los fundamentos de esta figura se han transformado, pasando de la prevención especial hacia una prevención general, generando con ello importantes cambios en su funcionalidad.
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    La muerte como momento para renunciar a la herencia y la necesidad de modificar el artículo 673 del código civil
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Valencia Hernández, Gladis Milagros; Zárate del Pino, Juan Belfor
    La muerte, si bien es el fin de la persona, también se convierte en el inicio del proceso sucesorio, creado a efectos de que el patrimonio del fallecido no se encuentre sin titular, razón por la que se transmite a sus herederos, quienes serán los adquirentes de la masa hereditaria. Quien es llamado a la herencia tiene la facultad de decidir aceptarla o no, siendo en este último supuesto que se configura la renuncia. En el primero, no se necesita que la declaración se realice de forma expresa, ya que también se configura cuando la manifestación es tácita, o cuando transcurre el plazo establecido en la norma también se presume una aceptación; sin embargo, cuando se pretende renunciar a la herencia, el heredero (o denominado mejor posible heredero, ya que mientras no haya aceptado no puede considerársele como tal) deber· realizar su declaración de manera expresa y formal, ante el Juez o Notario. Al respecto, el art. 673 del Código Civil señala que el plazo para considerarse como aceptada la herencia es de tres meses, si el heredero está en el Perú, o seis, si está en el extranjero. De ello podemos colegir que, durante este plazo, el posible heredero puede renunciar, caso contrario, se le considerar· por aceptada presuntamente la herencia. Ahora, la norma no señala desde qué momento se puede efectuar la renuncia, pero podría deducirse de una interpretación de las normas que puede efectuarse desde la muerte del causante. Sin embargo, tanto la doctrina como la jurisprudencia registral han adoptado diversas posturas. Una de ellas que considera que el plazo es desde la muerte del causante, y la otra que cree pertinente computarlo desde que el llamado conozca del llamamiento; es decir, desde la inscripción en el registro de la sucesión intestada o testamento. Así, la presente tesis analiza la institución de la renuncia a la herencia desde las perspectivas que plantea la doctrina, además de abordar la legislación internacional sobre el tema, a efectos de dilucidar cuál de las posturas es la adecuada para garantizar la seguridad jurídica de la herencia. También se describe la directa relación entre la herencia y el Registro, y cómo la inscripción coadyuva a la circulación del patrimonio del causante. La investigación determinó que aun cuando la inscripción de la sucesión intestada o testamento en el Registro no sea constitutiva de derecho, sino meramente declarativa, es necesario que se compute el plazo de renuncia desde que la publicidad registral surte efectos, pero ello no deviene de una mera interpretación de las normas sustantivas ni registrales, sino que resulta imprescindible que se modifique el artículo 673 del Código Civil para que se aplique. Ello permitirá que los llamados a la herencia, como los acreedores y terceros interesados tengan certeza desde qué momento pueden declinar a la herencia, y no encontrarse a la expectativa de las interpretaciones que los operadores de justicia, notarios, registradores o cualquier funcionario puedan realizar sobre el artículo 673 del C.C.
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    Medidas de protección por autoridad administrativa y garantía del derecho al envejecimiento activo en situación de riesgo del adulto mayor
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Calderón Marmolejo, Joshua Adonai; Cabrejo Ormachea , Napoleón
    La presente investigación tiene el título de “Las medidas de protección por autoridad administrativa y la garantía del derecho al envejecimiento activo de personas adultas mayores en situación de riesgo”, el cual versa la necesidad actual de implementar medidas en pro de la tutela de personas mayores de 60 años, con el objeto que se garantice el proceso de envejecimiento de forma digna, siendo obligación del Estado implementar políticas públicas que permitan el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos de las población objetivo, especialmente a la asistencia familiar, mejorando su calidad de vida, por tanto, el objetivo es analizar en qué forma las medidas de protección emitidas por autoridad administrativa repercuten en el derecho fundamental del envejecimiento activo frente a una situación de riesgo, siendo así, se ha usado una metodología de tesis socio-jurídica, con enfoque cualitativo, de tipo básico, de diseño fenomenológico y con técnicas de observación y entrevista, con sus respectivos instrumentos, por ˙último, se ha llegado a la conclusión que se necesita un urgente cambio normativo para establecer un catalogo de medidas de protección que puedan ser dictadas por la DPAM respetándose el principio de jerarquía normativa y legalidad.
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    Criterios de fundamentación epistémica para la admisión de pruebas en el Código Procesal Penal de 2004
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2023) Limay Chavez, Raquel; Arbulú Martínez, Víctor Jimmy
    El presente trabajo de investigación se fundamenta en una concepción epistemológica del proceso penal, que, en esencia, significa considerar a la búsqueda de la verdad como un valor y fin institucional del proceso penal peruano, de la prueba y de toda la actividad probatoria desplegada en este. El problema principal de la presente tesis se enfoca en determinar si es que los criterios de admisión probatoria de índole epistemológica que contempla el Código Procesal Penal son suficientes para un adecuado juicio de admisibilidad; es decir, que sea acorde con la finalidad epistemológica del proceso: la búsqueda o averiguación de la verdad. Partiendo de esta problemática, se ha determinado a través de un análisis normativo, interpretativo y epistémico, que no son suficientes los criterios de admisión probatoria de índole epistemológica que contempla el Código Procesal Penal para evitar el ingreso de pruebas contraepistemológicas o la exclusión de pruebas que contribuyan al fin epistemológico del proceso; en consecuencia, el objetivo principal es precisar y formular criterios epistémicos adicionales de admisión probatoria que constituirá una propuesta de lege ferenda. Esta propuesta ha sido clasificada en criterios de admisibilidad de primer, segundo y tercer orden, los cuales son desarrollados en extenso. Estos son aplicados en tres medios de prueba específicos: testimonial, pericial y documental, no sin antes identificar las diversas problemáticas de admisión probatoria que presentan estas pruebas. La aplicación de esta propuesta será una guía de admisión al juez, pero también a las demás partes procesales, permitiendo el ingreso de pruebas que contribuyan, en definitiva, a la averiguación de la verdad en el proceso penal.
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    El estándar de exigencia de imputación necesaria en la etapa de investigación preliminar
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Lanazca Vargas, Katty Marina; Rosas Yataco, Jorge
    La presente investigación tiene como objetivo determinar si resulta posible o no, desde un punto de vista jurídico – fáctico, exigir al Ministerio Público en su calidad de titular de la acción penal establecer una imputación concreto a nivel de Diligencias Preliminares, de cara al entendimiento de que el Derecho de Defensa es reconocida a todo ciudadano desde el primer momento en que es investigado. Esta incertidumbre procesal no se advierte en etapas posteriores a la de Diligencias Preliminares, pues claro esta que en esos estadios procesales la norma requiere imperativamente un detalle mayor de las imputaciones atribuidas al sujeto activo; empero, para la fase preliminar la norma procesal penal no prevé un artículo que regule a esta figura procesal como tal, tampoco establece su exigencia para ser desarrollada desde etapas iniciales de una investigación, lo que ha conducido a que la jurisprudencia tome un rol importante, pues ha introducido y aplicado en diversas sentencias criterios a favor y en contra. Finalmente, tras el análisis de conceptos, normas y jurisprudencia de las figuras procesales involucradas en la tesis, se arribará concluir desde un enfoque jurídico y fáctico que la imputación necesaria no resulta viable exigirlo en la etapa de Diligencias Preliminares, pues la propia norma prevé que para iniciar una investigación bastaría con la existencia de una “causa probable” o una simple sospecha delictiva aunado a la expertise criminal del Fiscal; y, ello de ninguna manera vulneraria al derecho de Defensa, siempre que el investigado tendrá su alcance la libertad de acceder a la carpeta fiscal.
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    La técnica del precedente en el tribunal registral de la SUNARP y las tolerancias catastrales-registrales en el registro de predios
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Herrera Arias, Alex Saúl; Huerta Ayala, Oscar Alberto
    El autor de la presente investigación considera que el precedente administrativo que ha sido elaborado y dictado por el Tribunal registral en el Pleno CXV no contó con una argumentación suficiente en su elaboración. Por ello la aplicación del criterio establecido en el referido precedente no fue óptima, ya que trasladó la determinación del acceso al Registro al pronunciamiento favorable del área técnica de catastro, la cual consiste en establecer si existe identidad respecto del predio en aquellos casos de discrepancia entre el área indicada en el título de propiedad y la del plano. Dicho precedente, ha omitido considerar las limitaciones que resultan ser de orden técnico e institucional que dificultan la labor del área técnica a efectos de que se pronuncie en los términos que exige el precedente administrativo. Se establece el criterio que obtiene la categoría de precedente, a partir de la Directiva N° 01-2008-SNCP/CNC. Sin embargo, su aplicación se caracterizó por dejar de lado los rangos que resultan permisibles a efectos de aplicar las tolerancias catastrales registrales, apartándose con ello de los fines expuestos en dicha norma. Para responder a estos problemas, la presente investigación evalúa la argumentación a nivel formal, material y pragmático empleada por los vocales del Tribunal Registral al momento de elaborar y expedir el precedente, respecto de las tolerancias catastrales-registrales aprobado en los Plenos LXXXIV y CXV. Dicha evaluación también comprende el análisis de las resoluciones referidas al tema de estudio ordenándolas en grupos a partir de los períodos de vigencias de los referidos precedentes. También se desarrolló una sección para evaluar la apreciación que los operadores registrales tienen respecto a la figura del precedente, en general, y del precedente sobre tolerancias catastrales-registrales, en particular. A partir de ello se propone la formulación de un nuevo precedente que posibilite el acceso al registro a través de la aplicación de la figura de las tolerancias catastrales-registrales
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    ¿La Sanción Penal prevista en el Artículo 4° del Decreto Ley N° 25475 es proporcional a la gravedad del hecho en los casos de autores con nivel cultural diverso?
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Maza Lupuche, Juan Arturo; Pérez López, Jorge Adalberto
    Ofrece aportes significativos sobre uno de los delitos más graves que existe en nuestra legislación penal como es el delito de terrorismo y específicamente la modalidad de colaboración con el terrorismo. En esa línea, se va analizar la modalidad de colaboración con una organización terrorista y cómo es que nuestro sistema penal está respondiendo a este delito sobre todo cuando hay una circunstancia particular como es la participación de personas que por su nivel cultural no logran entender en su real magnitud el grado de su responsabilidad. En ese sentido, a efectos de verificar si la sanción es la adecuada con la magnitud del aporte realizado en el ilícito cometido en personas de diverso nivel cultural, se analizará la proporcionalidad de la sanción y se realizará una propuesta acorde, así como las recomendaciones pertinentes.
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    El ne bis in ídem como principio difuminado, en su aplicación dentro de la jurisprudencia penal nacional
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2023) Melgar Cucho, Jorge Luis; Brousset Salas, Ricardo Alberto
    En el espacio jurídico peruano, y dentro del universo, de las diferentes formas y manifestaciones de técnicas procedimentales o procesos sancionatorios, como se les conoce actualmente, y que rigen en el Perú, aplicable a cada uno de los sujetos que la componen y sometidos a las disposiciones y ordenamientos propios, que rigen las conductas de cada uno de sus integrantes, resulta aplicable que se sancione, tanto de forma administrativa, penal, e incluso para aquellos que forman parte de una jurisdicción independiente, es decir dentro de un fuero privativo o penal privativo (castrense), es posible y probable que en dicho ámbito, suceda una persecución múltiple, con la finalidad de establecer una sanción tanto penal como administrativa o privativa, así como de forma concursal, una sanción penal, administrativa y privativa, a aquellos que hayan vulnerado, cualquier disposición emanada por el Estado, y cuya interpretación, legitima, a quienes tienen la potestad y deber de aplicarlo. Estas interpretaciones que no determinan cambios en su concepción y aplicación, por el legitimado a hacerlo; es una forma de manifestación de Ius Puniendi del Estado, que genera una incertidumbre al ciudadano, que afectado por ello, permite al Estado, aplicar una sobrerreacción punitiva a determinados sujetos, probablemente por su condición de tal; y que no permite vislumbrar una respuesta acorde a la defensa de los derechos fundamentales de las personas, es ahí, que a través de la interpretación del principio ne bis in ídem, se nos permite establecer marcos de interpretación para lograr un cambio jurídico en la actual coyuntura y afrontar con mayor seguridad, el sistema normativo contemporáneo, sobrecargado desproporcionalmente de procedimientos sancionatorios. Es así, que dicho principio ne bis in ídem, como extensión de garantía fundamental, soslaya, cualquier posibilidad de un proceso o procedimiento múltiple sancionatorio, pues el objetivo de dicho principio es evitar, cualquier arbitrariedad excesiva, dentro de un Estado de derecho, a fin de establecer seguridad jurídica, manteniendo un respeto por la dignidad de cada una de las personas que la integran, y como base fundamental, dentro de las relaciones y tratos propios de una sociedad.
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    Eficacia reparadora de la indemnización por despido frente al daño a la persona
    (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2023) Ramos Chahuares, Kelly Yesenia; Jiménez Silva, Carlos Humberto
    Mide la eficacia de las indemnizaciones legales y jurisprudenciales para reparar o resarcir adecuadamente los efectos del despido ilícito de los trabajadores. A efectos de ubicarse en el tema de fondo, se efectúa un desarrollo teórico de la institución jurídica del despido ilícito, su clasificación, para luego analizar si la indemnización tarifada prevista en el TUO es eficaz para resarcir y reparar todos los daños provocados por los despidos ilícitos, desentrañando cuál es la naturaleza jurídica de dicha indemnización normada ya hace más de 20 años. Por otro lado, en el derecho comparado se destacan investigaciones y jurisprudencia extranjera que ha superado el tema de la indemnización tarifada para entrar a cuestionar la insuficiencia de ésta en el resarcimiento y reparación del daño provocado al trabajador y la introducción de las indemnizaciones de libre cuantificación en relación con el daño provocado. Estos aspectos son aplicados por los Juzgados de trabajo, Salas Laborales y Corte Suprema con distintos criterios en el tiempo y de acuerdo con el caso. Lo que ha de permitir al investigador evaluar si ésta falta de predictibilidad en las decisiones jurisdiccionales resulta eficaz para el resarcimiento y/o reparación del daño provocado por el despido ilícito, así como para la seguridad jurídica y los costos del despido. Al medir la eficacia de la indemnización tarifada y jurisprudencial se ha de evaluar cómo superar las limitaciones normativas y la falta de predictibilidad en las decisiones judiciales. De esta manera se contribuirá con propuestas legislativas que permitan actualizar las indemnizaciones por despido asegurando efectividad y predictibilidad en las decisiones de los operadores de justicia.