Maestría Facultad de Derecho y Ciencia Política
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Browsing Maestría Facultad de Derecho y Ciencia Política by browse.metadata.advisor "Chanamé Orbe, Raúl Roosevelt"
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Item Análisis de los alcances jurídicos en relación a la familia homoparental bajo los principios de igualdad y no discriminación en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (periodo 1981-2016) y en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (periodo 2012- 2020)(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2022) Vega Zeña, Luisana Isell; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltEjecuta el análisis de tres ejes estructurales que conforman el estudio de la familia homoparental. El primero de ellos, es el entendimiento de la familia en un contexto complejo de cambio y adaptación constante en el tiempo; el segundo, el reconocimiento del vínculo familiar generado por las personas LGBT a partir del principio de igualdad y no discriminación y finalmente la lucha que se erige a partir de la injusticia que se asume al no encajar en el prototipo legal familiar pre determinado. La propuesta permite detallar la importante necesidad de adaptar los principios, teorías, instituciones y conceptos propios del derecho de familia, tanto a nivel dogmático como a nivel normativo y jurisprudencial, para así evitar situaciones negativas como las evaluadas en la presente tesis. Las familias homoparentales entrevistadas se constituyen en los principales actores del sustento del capítulo II durante el proceso de fundamentación de la invstigación, en el cual, se contrastan y confirman aquellas teorías que concluyen que no existe perjuicio en el desarrollo de niños criados en el seno de estas familias, asi como se cuestionan los prejuicios y mitos en relación a un supuesto menoscabo en la identidad de los niños y en el normal funcionamiento y dinámica de la familia como institución natural y esencial en la vida de toda persona. La contraposición frente a la arbitrariedad del Estado, dio lugar a luchas legales que se resolvieron ante los sistemas regionales de protección de los derechos humanos, en este caso la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuya jurisprudencia sienta precedente y progresividad en el reconocimiento de derechos a las personas LGBTI y sus familias. Los pronunciamientos de estas Cortes son aún inacabados, no obstante, han sido trascendentales para el fundamento del ejercicio efectivo de los derechos humanos, además que consagran el principio de dignidad e igualdad. En ese sentido, la propuesta a encarar ante la problemática, pasa por la política del reconocimiento, esto es el valorizar lo diferente en conjunción con la afirmación de una política educativa verdaderamente inclusiva, además de reconocer legalmente a las familias homoparentales, legislando el matrimonio igualitario de acuerdo a los principios de los derechos humanos y la universalidad de la dignidad.Item El contenido esencial del non bis in idem y de la cosa juzgada en materia constitucional y en los derechos humanos - La revisión de las sentencias absolutorias con valor de cosa juzgada en casos de violaciones a los derechos humanos o de infracciones graves al derecho internacional humanitario(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2016) Núñez Pérez, Fernando Vicente; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltBusca establecer en qué medida la incorporación al ordenamiento jurídico procesal penal de alguna causal que pueda sustentar una acción de revisión contra una sentencia absolutoria o de un auto de sobreseimiento firme con valor de cosa juzgada, podría significar la vulneración del principio del non bis in ídem. La presente investigación tiene la factibilidad en su realización y en su concretización, debiendo tenerse en consideración los siguientes medios son materia de utilización: el análisis de las diversas Sentencias de Fondo expedidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la disponibilidad del análisis de las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional peruano, la disponibilidad del análisis de la sentencias emitidas por la Corte Constitucional colombiana, bibliografía nacional y extranjera, e identifica diversas páginas web jurídicas, las mismas que sirven como ciberbibliotecas.Item El principio constitucional de la doble instancia en el Jurado Nacional de Elecciones(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2019) Montoya Peraldo, Victoria Teresa; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltManifiesta que la pluralidad de instancias es una garantía que ha sido reconocida a nivel internacional y, en el Perú, está consagrada como uno de los principios de la función jurisdiccional. Conforme reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, es aplicable inclusive a los procedimientos administrativos. Sin embargo, no siempre se cumple en materia electoral porque hay casos en los que el “Jurado Nacional de Elecciones” del Perú, emite decisiones como única instancia e inimpugnables. Es por esta razón que esta investigación tiene como objetivo determinar el sustento jurídico que permita establecer una propuesta para procurar el cabal cumplimiento del principio constitucional de la doble instancia en las decisiones que, directamente o por impugnación, deben ser revisadas y resueltas por el Jurado Nacional de Elecciones. Efectuados los análisis pertinentes, se ha llegado a concluir que, efectivamente, en diversos procedimientos que son ventilados ante el Jurado Nacional de Elecciones, esta entidad actúa como única instancia jurisdiccional emitiendo decisiones que no admiten impugnación; por lo que se incumple la norma constitucional de la pluralidad de instancias. Como resultado de la investigación desarrollada, se ha propuesto un Proyecto de Ley para que se permita la creación y funcionamiento de Jurados Electorales Permanentes que tengan vigencia indefinida y desarrollen las funciones que el Jurado Nacional de Elecciones ha planteado en su Proyecto de Código Electoral. Finalmente se ha sugerido que dicho Proyecto de Ley se apruebe lo más pronto, independientemente de lo planteado en el Proyecto de Código Electoral, presentado por el “Jurado Nacional de Elecciones” al Congreso de la República. Así se podrá contar de inmediato con el establecimiento de los mencionados Jurados Electorales Permanentes con funciones jurisdiccionales específicas a efectos de que resuelvan, en primera instancia, las controversias y/o conflictos intersubjetivos de intereses que sean sometidos para su pronunciamiento.Item El régimen económico de la Constitución Política del Perú y su evolución en el siglo XX(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2016) Rodríguez Cairo, Vladimir; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltExplica los aspectos económicos establecidos en nuestras Constituciones Políticas a lo largo de la historia constitucional así como la implicancia de las reglas de juego de carácter económico en el desempeño económico del país en los siglos XX y XXI. Dentro de este contexto, se formula la siguiente interrogante: ¿Por qué el régimen económico de la Constitución Política de 1993 ha contribuido a fortalecer el marco institucional económico y al buen desempeño económico de nuestro país? Lo que deriva en el planteamiento de la hipótesis general: “El régimen económico de la Constitución Política de 1993, a diferencia de las anteriores, es la que más ha contribuido a fortalecer el marco institucional económico y consiguientemente, al buen desempeño económico del país, debido a que se establecieron normas constitucionales principio y normas constitucionales regla, en respuesta al contexto de crisis económica que atravesaba nuestro país a finales de los años ochenta y al contexto político internacional de la prevalencia de reglas de juego claras en materia económica implementadas en Inglaterra (1979) y Estados Unidos (1982), la caída del Muro de Berlín (1989), el consenso de Washington (1989), la desintegración de la ex Unión Soviética (1991), que fueron determinantes para consolidar principalmente la disciplina fiscal (disminuyendo el tamaño del Estado a través de las privatizaciones), la disciplina monetaria (priorización del control de la inflación mediante la preservación de la estabilidad monetaria) y la liberalización de los mercados (libre competencia y libre iniciativa privada)”. En ese sentido, cabe precisar que el régimen económico se caracteriza por consagrar reglas de juego claras en materia económica dentro la Constitución Política de un país para un determinado tiempo de su devenir histórico. Sin embargo, un aspecto relevante que complementa ese conjunto de normas constitucionales de carácter económico es que existan mecanismos de control para el cumplimiento de las mismas. Definitivamente, la regulación de los aspectos económicos en una Constitución no es una práctica que haya existido siempre en los diversos países del mundo. La Constitución alemana de la República de Weimar de 1919 es considerada por muchos como la pionera y constituye la base del constitucionalismo económico, ya que estableció el ordenamiento jurídico fundamental de la actividad económica. Para otros, es la Carta Magna de 1215 la primera en fijar aspectos económicos, porque en ella se dispusieron limitaciones a la potestad tributaria del Monarca. No obstante lo anterior, actualmente existe un mayor consenso sobre la importancia del régimen económico como marco institucional que contribuye positivamente en el desempeño económico de un país. Es así que, en todas nuestras constituciones podemos encontrar referencias económicas algunas en las que predominan la intervención del Estado en la economía y otras de tendencia liberal. Sin embargo, las Constituciones de 1979 y 1993 son la que dedican un título específico a los temas económicos.Item Influencias de la cooperación internacional de los estados parte del Estatuto de Roma en la efectividad de la función que ejerce la Corte Penal Internacional (La Haya)(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2016) Espinoza Carrión, Katia; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltDemuestra que a mayor cooperación internacional de los Estados Partes con la Corte Penal Internacional (CPI), ostentando voluntad política y diplomática, habrá mayor posibilidad que el citado organismo internacional juzgue con rigor y dentro del marco de la legalidad a los responsables de los más graves crímenes perpetrados contra la humanidad contenidos en el Estatuto de Roma y de ese modo se evite la impunidad. Desarrolla los elementos relevantes de la cooperación internacional de los Estados Partes y no Partes del Estatuto de Roma y su importancia para el funcionamiento efectivo de la CPI respecto a las situaciones de los países que está examinando, a trece años del inicio de sus actividades. Así también, desarrolla lineamientos de acción por parte de los estados a fin de superar la relación entre lo normado en el estatuto de Roma sobre la cooperación internacional y el real desempeño de la justicia penal internacional ejercida por la corte en las situaciones que viene conociendo.Item La desnaturalización del control de constitucionalidad difuso en las sentencias del Tribunal Constitucional Peruano(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2018) Alcalde Huamán, Jhony Rubén; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltManifiesta como el control de constitucionalidad difuso, poder y deber de los órganos jurisdiccionales del Estado ha sido desnaturalizado por el intérprete supremo de la Constitución peruana al menos en dos aspectos que son objeto de este trabajo cuando decidió que dicha potestad es extensiva a órganos y tribunales de la Administración Pública adscritos al Poder Ejecutivo y cuando fijó que su ejercicio debe estar condicionado a la acreditación de perjuicio y a la invocación de parte. Desarrollamos el carácter de poder-deber y la naturaleza eminentemente jurisdiccional del control de constitucionalidad difuso, a partir de comprender sus principales fundamentos históricos y jurídicos que dieron origen a esta institución del derecho constitucional, desde su adopción en Inglaterra hasta su desarrollo brillante en la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos, los cuales nos permiten confrontar las decisiones emitidas por nuestro Tribunal Constitucional así como de autores y académicos, en relación a los aspectos cuestionados. A partir de una interpretación válida de la Constitución y sus disposiciones respectivas, sustentamos el control de constitucionalidad difuso como poder-deber y su naturaleza eminentemente jurisdiccional, resultando impropio que la misma sea reconocida como atributo de otros poderes públicos y órganos distintos a los que integran el poder jurisdiccional del Estado.Item Libertad religiosa y laicidad del Estado(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2018) Agurto de Atocha Gonzales, Eduardo Imanol; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltEstudia el principio de laicidad del Estado en relación con el derecho fundamental de libertad de conciencia y religión, toda vez que el tema de laicidad del Estado se encuentra profundamente relacionado con el tratamiento constitucional del hecho religioso. A través de la historia constitucional peruana se ha transitado de la confesionalidad del Estado y la intolerancia religiosa hacia la laicidad y la libertad religiosa. Es así que, la libertad religiosa recién se establece con la modificación constitucional de 1915 y el Estado se concibe separado del fenómeno religioso recién a partir de la Constitución de 1979. Estas razones explican porque aún persisten en sectores conservadores de nuestra sociedad un pensamiento confesional.Item Los origenes del régimen constitucional peruano. La Constitución de 1823 como fórmula de transición político constitucional(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Jamanca Vega, Marco Antonio; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltEl objeto del presente trabajo es investigar, el porqué, cómo y, de qué forma, se produjo el cambio de un régimen constitucional a otro. Específicamente se refiere a la transición del régimen de la monarquía constitucional a la del Estado republicano. En tal contexto, habría que ubicar y estudiar, como elementos previos, los últimos días de la experiencia del constitucionalismo gaditano. De la misma forma, analizar y preguntarse ¿Cuál fue el pensamiento político y constitucional de los principales actores políticos de la independencia? ¿Qué los llevó a formular el sistema de gobierno presidencial en contraposición a la monarquía constitucional y parlamentaria? ¿Cuáles fueron los modelos constitucionales que se discutieron, no solamente en los debates de la constituyente de 1823 -que, por cierto, fueron muy escuetos- sino sobre todo en los momentos previos a la independencia?, esto es, las ideas constitucionales primigenias que se esbozaron antes de la independencia y en el período Sanmartiniano.Item Supervisión, ejecución e implementación de sentencias de la Corte IDH: análisis del ordenamiento jurídico peruano (2001 – 2014)(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2015) Amado Rivadeneyra, Alex Raúl; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltAborda principalmente la problemática de la ejecución e implementación de sentencias de la Corte IDH, en el ordenamiento jurídico peruano, así como los límites convencionales de este tribunal regional, en el procedimiento de supervisión de cumplimiento de sus sentencias. Para tal efecto, se analiza los mecanismos internacionales de supervisión de sentencias internacionales sobre derechos humanos a nivel regional, así como los mecanismos internos de monitoreo, control y supervisión de sentencias internacionales. En ese sentido, utiliza como escenario de análisis o muestra, el marco normativo e institucional internacional y nacional, así como las resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencias expedidas hasta la fecha respecto a los siguientes casos: (i) Barrios Altos, (ii) Cinco Pensionistas, (iii) Tribunal Constitucional, (iv) Baruch Ivcher, (v) Hermanos Gómez Paquiyauri, (vi) De La Cruz Flores, (vii) Lori Berenson Mejía, (viii) Huilca Tecse, (ix) García Asto y Ramírez Rojas, (x) Gómez Palomino, (xi) Cesti Hurtado, (xii) Durand y Ugarte y xiii) Cantoral Benavides.Item Vulneración del derecho a la pluralidad de instancias por el impedimento legal de la revisión de sentencias que homologan acuerdos de terminación anticipada(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2023) Sevilla Gálvez, Guillermo Martín; Chanamé Orbe, Raúl RooseveltEl tema materia de investigación tiene una gran importancia en la actualidad, porque al aplicarse el artículo 468.7 del nuevo Código Procesal Penal (2004), impide al imputado-sentenciado apelar la sentencia que homologue el acuerdo de la terminación anticipada en el proceso penal que suscriben el imputado a través de su abogado con el representante del Ministerio Público, aunque contenga algún vicio, error o injusticia, lo cual imposibilita que se ejerza el derecho a la instancia plural consagrado en el artículo 139.6 de la Constitución Política peruana (1993). Por ello, el objetivo principal es determinar si la aplicación literal de la citada norma impide que se revise la sentencia que homologa el referido acuerdo, vulnera el derecho a la pluralidad de instancias y con ello imposibilite a la instancia superior pueda revisar la citada sentencia, para lo cual la metodología que se empleará es la de tesis dogmática porque se realizará estudios de diversas teorías, conceptos y jurisprudencia referidos al tema de la impugnación, de la negociación en materia penal en especial sobre la terminación anticipada del proceso penal y de la conclusión anticipada del proceso penal, sobre los procesos de amparo y de habeas corpus y la demanda de revisión. Para tal efecto, se dio lectura y analizó libros, revistas y una tesis que versen sobre filosofía del derecho, derecho constitucional, derecho procesal constitucional y derecho procesal penal así como de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial, lo cual dio como resultado la propuesta de la modificación de la referida norma procesal y se señaló como conclusiones referidas a que mientras se encuentre vigente el referida dispositivo legal subsiste el problema consistente en la imposibilidad de que el procesado-condenado pueda apelar la sentencia de terminación anticipada y que al tratarse de una decisión condenatoria, el condenado sufrirá una restricción a su libertad, por lo que con la propuesta de solución que implique modificar la referida norma, el condenado podrá impugnar la sentencia, lo cual permitiría su revisión por parte de una instancia superior a la que homologó dicha sentencia; y, con ello, se podría darle la oportunidad revocar o declarar nulos los efectos del fallo.