Unidad de Postgrado Derecho y Ciencia Política
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Browsing Unidad de Postgrado Derecho y Ciencia Política by browse.metadata.advisor "Brousset Salas, Ricardo Alberto"
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Item Criterios interpretativos de los incisos 2 y 5 del artículo 468° del Código Procesal Penal (sobre terminación anticipada) para garantizar la participación activa del actor civil(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2023) Barzola Pillaca, Jennifer Esther; Brousset Salas, Ricardo AlbertoSustenta que la interpretación sistemática – entre los siguientes artículos: a) inciso 2 del artículo 2 e inciso 2 del artículo 138 de la Constitución, b) inciso 3 del artículo I, inciso 3 del artículo VII, inc. 3 del artículo IX y artículo X del Título Preliminar del CPP de 2004, c) inciso 1 del artículo 11, artículo 94°, artículo 98° y artículo 468°del CPP de 2004 - es la interpretación adecuada para garantizar la participación y el derecho de defensa del actor civil en el proceso especial de terminación anticipada. Esto, hasta que el legislativo decida modificar los incisos 2 y 5 del artículo 468° e incorpore literalmente la participación de dicha parte procesal.Item El derecho de defensa y el proceso inmediato en caso de flagrancia(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2018) Villarreal Salomé, Orlando; Brousset Salas, Ricardo AlbertoEsta investigación cuestiona el proceso inmediato en caso de flagrancia, situándose en el marco del derecho a la defensa que tiene el procesado, siendo uno de los principales problemas el derecho al plazo razonable del procesado para el ejercicio de la defensa –material y técnica. Asimismo se analizan los alcances de la justificación del proceso inmediato en caso de flagrancia, vista desde la ratio legis y su aceptabilidad jurídica de dicha institución, en un Estado constitucional de derecho. Por otro lado, se analiza el proceso inmediato en caso de flagrancia y se busca determinar si se observa el debido cumplimiento del principio acusatorio con el objeto de garantizar el derecho a la defensa del procesado. También, se analiza si se cumple con la observancia del principio de igualdad de armas para garantizar el derecho a la defensa del procesado, en tal sentido, en el desarrollo de la investigación se ha aplicado las diversas técnicas e instrumentos de recolección y análisis de datos, con la finalidad de contrastar y analizar la información, en aplicación de un conglomerado de métodos. De lo cual se ha concluido que en el proceso inmediato en caso de flagrancia se vulnera el derecho a la defensa del procesado, toda vez que al ser muy corto y no es razonable el plazo en la que se le sentencia, lo cual limita que el procesado prepare y ejerza una defensa adecuada. Asimismo se ha determinado que en el proceso inmediato en caso de flagrancia se afecta el derecho al plazo razonable del procesado, el proceso inmediato en caso de flagrancia tiene su justificación en la necesidad de sancionar los delitos flagrantes y reducir la carga procesal, pero éste no justifica la vulneración de los derechos del procesado. Finalmente, se ha determinado que en este proceso no se garantiza el debido cumplimiento del principio acusatorio, toda vez que la acusación que efectúa el fiscal no cumple con todos los caracteres de una acusación, y no se garantiza el debido cumplimiento del principio de igualdad de armas, en la medida que el fiscal tiene en forma inmediata los elementos para acusar, pero la defensa requiere un tiempo prudente para revisar el expediente y en su caso ofrecer medios probatorios de defensa, con lo cual se afecta el ejercicio del derecho a la defensa del procesado.Item El estado frente a los delitos cometidos por el agente encubierto en el Perú(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2023) Leyva Ulloa, Betty Katherine; Brousset Salas, Ricardo AlbertoIdentifica los parámetros y lineamientos que deben guiar el actuar oculto del agente encubierto, con el objetivo de que su trabajo no afecte derechos fundamentales como el derecho a la intimidad, defensa e incluso la misma presunción de inocencia de conformidad con el derecho a la no autoincriminación; siendo que indefectiblemente el “agente encubierto” sitúa su actuación invadiendo la “privacidad mínima” que se asegura a todo individuo, hurgando incluso en la información íntima de estos sujetos, que sin proponérselo puede revelar aspectos auto incriminatorios sin posibilidad de ejercer algún tipo de defensa o contradicción en su favor y que luego serán usados como fundamento de la investigación fiscal, lo que podría poner en cuestión al mismo respeto al debido proceso.Item El ne bis in ídem como principio difuminado, en su aplicación dentro de la jurisprudencia penal nacional(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2023) Melgar Cucho, Jorge Luis; Brousset Salas, Ricardo AlbertoEn el espacio jurídico peruano, y dentro del universo, de las diferentes formas y manifestaciones de técnicas procedimentales o procesos sancionatorios, como se les conoce actualmente, y que rigen en el Perú, aplicable a cada uno de los sujetos que la componen y sometidos a las disposiciones y ordenamientos propios, que rigen las conductas de cada uno de sus integrantes, resulta aplicable que se sancione, tanto de forma administrativa, penal, e incluso para aquellos que forman parte de una jurisdicción independiente, es decir dentro de un fuero privativo o penal privativo (castrense), es posible y probable que en dicho ámbito, suceda una persecución múltiple, con la finalidad de establecer una sanción tanto penal como administrativa o privativa, así como de forma concursal, una sanción penal, administrativa y privativa, a aquellos que hayan vulnerado, cualquier disposición emanada por el Estado, y cuya interpretación, legitima, a quienes tienen la potestad y deber de aplicarlo. Estas interpretaciones que no determinan cambios en su concepción y aplicación, por el legitimado a hacerlo; es una forma de manifestación de Ius Puniendi del Estado, que genera una incertidumbre al ciudadano, que afectado por ello, permite al Estado, aplicar una sobrerreacción punitiva a determinados sujetos, probablemente por su condición de tal; y que no permite vislumbrar una respuesta acorde a la defensa de los derechos fundamentales de las personas, es ahí, que a través de la interpretación del principio ne bis in ídem, se nos permite establecer marcos de interpretación para lograr un cambio jurídico en la actual coyuntura y afrontar con mayor seguridad, el sistema normativo contemporáneo, sobrecargado desproporcionalmente de procedimientos sancionatorios. Es así, que dicho principio ne bis in ídem, como extensión de garantía fundamental, soslaya, cualquier posibilidad de un proceso o procedimiento múltiple sancionatorio, pues el objetivo de dicho principio es evitar, cualquier arbitrariedad excesiva, dentro de un Estado de derecho, a fin de establecer seguridad jurídica, manteniendo un respeto por la dignidad de cada una de las personas que la integran, y como base fundamental, dentro de las relaciones y tratos propios de una sociedad.Item El proceso judicial del fuero militar policial, la función policial y los derechos fundamentales de los miembros de la Policía Nacional del Perú(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2016) Lazarte Diaz, Daniel Ernesto; Brousset Salas, Ricardo AlbertoDetermina si la coexistencia de la adecuación de los tipos penales militares al accionar policial y el sometimiento permanente al fuero militar policial de los miembros de la Policía Nacional del Perú, desnaturalizan la función policial y afectan derechos fundamentales de los miembros de la Policía Nacional. Para ello se considera necesario, determina cuál es la naturaleza jurídica de la policía, qué se entiende por jurisdicción militar, qué es lo propio de lo militar con relación a la jurisdicción ordinaria, qué se entiende por delito de función, cuáles son sus características fundamentales y finalmente, cuáles son los bienes jurídicos protegidos, y porqué podría quedar en la auto tutela administrativa la disciplina policial.Item Factores que limitan el acceso a la justicia de las víctimas en el nuevo proceso penal peruano, en el distrito judicial de Huaura, 2012(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2015) Soto Guevara, Rosa Elvira; Brousset Salas, Ricardo AlbertoEstudio que consiste en el análisis de un conjunto de factores que de alguna manera limitan el acceso a la justicia de las víctimas en el nuevo proceso penal peruano en el Distrito Judicial de Huaura. Obtiene como resultado de todas las actividades metodológicas y procedimentales que se han desplegado para su realización, que el factor predominante que limita el acceso de las víctimas a la justicia es el alto costo de una defensa privada, que la actitud de la Policía Nacional del Perú es inadecuada y que no ofrece las garantías necesarias para la obtención de justicia oportuna por parte de los agraviados.Item Fundamento del desvalor de la conducta en el delito de organización criminal en el Código Penal Peruano (Art. 317 CP)(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2022) Valera Humpire, José Gerardo; Brousset Salas, Ricardo AlbertoEstablece la verdadera naturaleza dogmática del delito de organización criminal previsto en el artículo 317 del Código Penal como un problema que definitivamente está insito en la parte general del Derecho Penal y no en el mero análisis como tipo de la parte especial. Y es que el alcanzar la verdadera determinación dogmática del injusto de este delito contribuirá de manera eficaz a explicar la naturaleza de todos los delitos de organización en general (crimen organizado, aquellos todavía llamados asociaciones ilícitas como en el catálogo español) de modo que se logre desterrar la equivocada posición que considera dichos delitos como criminalizaciones de las intenciones aún no materializadas del autor, así como aquellas otras posiciones que buscan el fundamento dogmático de los delitos de organización en la sola anticipación de la tutela penal ó en la protección de un bien jurídico colectivo. Por tanto, el mejor entendimiento del delito de organización criminal previsto en el art. 317 del Código Penal peruano permitirá no solo una correcta fundamentación dogmática del mismo de forma que se demuestre la concordancia y corrección entre su redacción típica como delito de peligro abstracto y el elevado marco penal con que está conminado, sustentado no solo en la naturaleza del elemento organización como elemento del tipo sino también en la verdadera finalidad y objetivo de la organización.Item Fundamentos que justifican regular el control judicial formal oficioso de la disposición de formalización y continuación de investigación preparatoria(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2024) Rivera Villanueva , José Luis; Brousset Salas, Ricardo AlbertoLa presente investigación tiene el objetivo de identificar los fundamentos que justifican regular el control judicial de oficio de la disposición de formalización y continuación de investigación preparatoria en el ordenamiento jurídico penal. Asimismo, plantea que los principios de proscripción de la arbitrariedad, economía procesal y el derecho de defensa, y garantizar la eficacia del proceso son los fundamentos que justifican regular el control judicial de oficio de la disposición de formalización y continuación de investigación preparatoria en el ordenamiento jurídico penal. La metodología utilizada durante la investigación será la aplicada, con el enfoque cualitativo, el diseño persigue la línea de la teoría fundamentada, el nivel de carácter explicativo y el tipo básico.Item El impacto del proceso inmediato (D.Leg. 1194) en el Distrito Judicial de Lima Este, entre los años 2016–2017(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2023) Vega Llapapasca, Rafael Arnold; Brousset Salas, Ricardo AlbertoAnaliza el efecto de la aplicación del proceso inmediato en el Distrito Judicial de Lima Este, a partir de la reforma operada con el Decreto Legislativo N°1194 y en el marco de la progresiva implementación del Código Procesal Penal de 2004. Asimismo, se busca identificar los niveles de eficiencia y eficacia del proceso inmediato reformado en el Distrito Judicial de Lima-Este entre los años 2016 y 2017; así como describir la percepción de los actores procesales (jueces, fiscales, abogados) sobre la aplicación y el desarrollo del proceso inmediato reformado. Por otro lado, se determina si el proceso inmediato reformado respeta en esencia el ejercicio de los derechos fundamentales de los justiciables. Para lo cual, se ha empleado técnicas e instrumentos de recolección como son: el análisis observacional de sentencias, encuestas y entrevistas, buscando tamizar y analizar la información obtenida.Item Inseguridad ciudadana en Lima: 2010-2016(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2018) Romero Rivera, Carlos Antonio; Brousset Salas, Ricardo AlbertoAborda la inseguridad ciudadana en la ciudad de Lima en el período 2010-2016. Construye un diagnóstico sobre la situación de inseguridad ciudadana que enfrenta la capital, en términos comparados con otras ciudades capitales de las Américas y con las otras regiones políticas del país, a la luz de los cuatro principales indicadores en esta materia, a saber, la violencia, la victimización, la confianza en las instituciones y la percepción de inseguridad. Entre los hechos violentos se analizan los homicidios, la violencia contra la mujer y las lesiones; en cuanto a la ocurrencia real de delitos, se estudian las denuncias formuladas ante la autoridad policial y los resultados de las encuestas sobre la victimización personal, los robos en vivienda y la victimización empresarial; se ausculta los grados de confianza ciudadana en la policía y la justicia penal; y por último el temor ciudadano a ser víctima de un delito en el futuro cercano. Se aborda las condicionantes sociales vinculadas a las principales instancias de socialización, como la familia, la escuela y el barrio de las personas que delinquieron; los condicionantes socioeconómicos, relacionados a sus historias laborales; los facilitadores que impulsan dichos hechos, como el consumo de alcohol y de drogas ilegales, y el uso de armas; y los condicionantes institucionales. Estos últimos están referidos a la vigilancia y el patrullaje público en los barrios, el funcionamiento de la justicia penal, las condiciones carcelarias y la corrupción institucional. Se esboza las principales conclusiones y las líneas de actuación que podrían adoptar los encargados de las instituciones de la seguridad y la justicia con relación a los eslabones de la llamada «cadena de valor de la seguridad ciudadana», a saber, las distintas formas de prevención de la violencia y el delito, la persecución penal, la rehabilitación y reinserción social de los delincuentes, y la asistencia y protección de las víctimas.Item La detención arbitraria por exceso de poder policial(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2018) Jimeno Mora, Reymundo Rodolfo; Brousset Salas, Ricardo AlbertoEl presente trabajo de investigación es elaborado por un interés especial por descubrir las causas de la afectación del derecho constitucional a la libertad y seguridad personal, por exceso de “poder policial”, especialmente en la modalidad de la detención arbitraria. Esa inclinación selectiva por descubrir la realidad ha motivado al autor intensa y preferentemente por haber prestado servicios en diferentes unidades operativas como oficial superior en la Policía de Investigaciones del Perú. El presente trabajo materia de investigación aborda un tema de mucho interés correspondiente al derecho penal y procesal penal; se trata de una investigación seria, exhaustiva e inédita que se relaciona con un enfoque doctrinario, jurisprudencial y crítico de nuestro sistema Procesal Penal. Tiene como marco de iniciación el estudio metodológico del diseño, el problema de investigación, los objetivos generales y específicos; la formulación de las hipótesis y las variables de naturaleza funcional; se han señalado los métodos y las técnicas de investigación, así como también se formula el marco teórico y doctrinario de la detención como limitación de la libertad personal, derecho reconocido constitucionalmente; comprende también el desarrollo del marco teórico y su evolución histórica, el reconocimiento de la libertad personal como un derecho fundamental, la prohibición de la detención arbitraria, tanto en el ámbito internacional como nacional. Asimismo se ocupa de la Policía Nacional y su función, prevista en la Constitución, su Ley Orgánica y Código Procesal Penal. Desarrolla el concepto de “poder de policía” en la legislación comparada y el concepto de detención regulado por la Constitución Política del Estado, en el Art. 2°, inciso 24, literal “f”, y sub siguientes. Con claridad se determina, que las detenciones arbitrarias, como manifestación del exceso de poder policial, afectan el derecho constitucional a la libertad personal; es así, de conformidad con los datos teóricos obtenidos y apreciados de las entrevistas, se encuentra que están relacionadas a: la falta de preparación normativa, prepotencia, venganza, favoritismo y corrupción, y otras variables como: incompetencia, disposición jerárquica, desviación de poder, detención sin mandato, detención sin flagrancia, que se excede la autoridad en la función que la constitución y las leyes le atribuyen. Los funcionarios judiciales y la fuerza pública en ejercicio de su función, deben garantizar y proteger los derechos fundamentales, lo cual es un mandato internacional e interno; sin embargo son ellos quienes en muchas oportunidades violan el derecho fundamental de la libertad, ante la impotencia de la sociedad que no posee las herramientas jurídicas y económicas para defender su derecho o prevenir su vulneración. Conforme los datos teóricos aportados en las entrevistas, se establece, que las detenciones irregulares como manifestación del exceso del poder policial, están afectando el fundamento constitucional de la prohibición de las detenciones arbitrarias y las expectativas sociales de protección y seguridad jurídica. Es necesario que a nivel de la institución policial, la implementación de cursos y talleres, que desarrolle de manera técnica los presupuestos para legitimar una detención, porque existe un factor originador de este problema que es: la falta de preparación normativa. Asimismo debería procederse a la tipificación de un delito específico de la “detenciones arbitrarias” a fin de promover una adecuada política criminal, protectora y prevencionista. El trabajo se fundamenta principalmente en la necesidad de orientar el conocimiento doctrinario del problema de afectación de la libertad personal como consecuencia del abuso denominado “poder de policía” en el ámbito de las detenciones ilegales, para reconducir la labor docente, legislativa y la interpretación judicial y doctrinaria, propiciando un mejor conocimiento de los alumnos, profesores y operadores de justicia.Item La determinación judicial de la pena en el proceso penal peruano; a propósito de la inoperatividad funcional del esquema de determinación de la pena establecida en el Código Penal de 1991(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2017) García Aquino, Jhonny Carlos; Brousset Salas, Ricardo AlbertoDemuestra y establece explicativamente, la existencia de una determinación inadecuada de la pena por el órgano jurisdiccional, dentro del proceso penal peruano, en la mayoría de las sentencias condenatorias analizadas. Donde se observó penas desproporcionadas, sea por ínfimas o excesivas, con relación a la gravedad del hecho cometido y a la culpabilidad por el acto. El resultado del análisis de tres delitos graves debe ser extendible a cualquier delito regulado en el Código Penal o en alguna ley penal especial. Establece cuál es la consecuencia de la ausencia de motivación adecuada de sentencias penales condenatorias, en el extremo de la determinación judicial de la pena sobre los mismos delitos mencionados; ya que existen sentencias penales condenatorias con motivación aparente, insuficiente o incoherente y falto de corrección lógica, que deben ser declaradas nulas por el órgano jurisdiccional correspondiente en los casos concretos, y que incide en la irracionalidad de la pena (privativa de libertad). Establece ciertas reglas y criterios jurídicos básicos, de política criminal o de otra índole, para una adecuada determinación y graduación de la pena por parte del juez penal, de tal manera que sea, una pena justa de acuerdo a criterios generales, útil y proporcional al hecho cometido y a la culpabilidad por el acto o al grado de injusto penal.Item La efectividad de la terminación anticipada en el marco del Código Procesal Penal: análisis en el Distrito Judicial de Lima Norte en el periodo 2011-2015(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2018) Gálvez Barraza, Bertha Gladys; Brousset Salas, Ricardo AlbertoSe presenta un análisis descriptivo y explicativo de una investigación jurídico social orientada a identificar en qué medida las disposiciones legales y la jurisprudencia han influido en la efectividad de la aplicación del Proceso Especial de Terminación Anticipada, como mecanismo de simplificación del proceso y de negociación de penas; se desarrolla su conceptualización, naturaleza, diseño normativo a nivel nacional y de legislación comparada, así como la aplicación que le han dado los operadores jurídicos del Distrito Judicial de Lima Norte (jueces, fiscales y abogados) en el periodo 2011-2015, con la finalidad de resolver los conflictos generados por los comportamientos que infringen la ley penal, aplicando este mecanismo bajo los principios de legalidad, celeridad, economía procesal, presunción de inocencia y del derecho al juez imparcial; asimismo, se desarrolla la metodología de investigación, la contrastación y comprobación de las hipótesis, las conclusiones y recomendaciones, para finalmente presentar una propuesta de proyecto de ley, que busca alcanzar que un proceso sea rápido y eficaz en equilibrio con el debido respeto de los derechos fundamentales del imputado, fin inspirado con la dación del Código Procesal Penal de 2004.Item La eficacia de la aplicación de la terminación anticipada y los factores que determinan su legitimidad en el distrito judicial de Lima Norte, periodo 2016(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2018) Apaza Ochoa, Napoleón Ernesto; Brousset Salas, Ricardo AlbertoCon docto acierto decía García Rada (en una definición que no pierde actualidad), que si el individuo quebranta la ley penal, el Estado tiene la obligación de sancionarlo debidamente (constituyendo ello una relación Estado-persona), siendo que el medio legal para la aplicación de la ley penal, está contenido en el Derecho Procesal Penal, que tiene como finalidad establecer la existencia del delito y la persona de su autor como el agente que realmente cometió el delito (1984, p. 9). Pero la realidad actual demuestra una creciente sensación de impunidad que ha penetrado hondamente la conducta social, y la violencia en gran medida es fruto de la impunidad y a ella se aúna y contribuye la inexistencia de un sistema judicial razonable. La crisis del sistema procesal penal en nuestro país no es un fenómeno nuevo, ni puede atribuirse exclusivamente a la crisis o a la inadecuación de un sistema procesal como el mixto. Esta crisis es mucho más compleja y el mantenimiento de un proceso penal obsoleto sólo ha contribuido a agravarlo. Es esta la realidad actual, en la que se enfrenta un proceso de reforma procesal penal, apreciada por algunos y duramente criticada por otros. De esta manera, las disfunciones que presenta el sistema procesal penal peruano, ha obligado al legislador a optar por otros mecanismos más expeditivos y viables, para amenguar la imposibilidad material de que todas las causas criminales que ingresan al sistema procesal, penal puedan ser objeto de aceptables y garantistas procesos comunes lineales. Surge así, en el contexto de una pretendida reforma procesal penal integral, la legitimación de ciertos “mecanismos procesales simplificadores”, orientados a la búsqueda de soluciones anticipadas de naturaleza consensuada. Al efecto, manifiesta Brousset Salas, sea que se trate de institutos procesales insertables o insertados en el proceso común (como la confesión sincera o la conformidad introducida por la Ley 28122, bajo la denominada “conclusión anticipada del juzgamiento”), o de procesos especiales alternativos a este (como el proceso de terminación anticipada, el proceso inmediato o el proceso por colaboración eficaz), las fórmulas de simplificación procesal, concebidas modernamente, no son otra cosa que mecanismos basados en criterios de especialidad, necesidad y razonabilidad, que propenden a la eficacia y celeridad del procesamiento penal, dentro del marco de un debido proceso, que sin vulnerar los derechos procesales del imputado, se orienta a la búsqueda de una solución consensuada, donde las partes legitimadas (entiéndase el fiscal, el procesado y su abogado defensor) convengan dentro de ciertos límites, no solo la extensión de la pena a imponerse, sino eventualmente también, los términos fácticos y jurídico penales de la condena (2009, p. 82). Pero el problema radica en que si esta forma de justicia transaccional y expeditiva, podría estar debilitando la seguridad jurídica y la legalidad del proceso penal, al casi obligarse al imputado, sujeto a medida de detención o en su caso formalizado contra él la investigación preparatoria conforme a los artículos 468 y 336 del C.P.P., a aceptar no sólo su culpabilidad sino la pena y la reparación civil, so pretexto de una “benignidad” en la pena a aplicarse. Al efecto, se ocupa del estudio de los fundamentos, legitimación y problemas, que pueda presentar en su inserción al sistema procesal penal peruano la terminación anticipada.Item La pena aplicable a los delitos de violación sexual en las tendencias de los índices delictivos(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2003) Vásquez Boyer, Carlos Alberto; Brousset Salas, Ricardo AlbertoEn nuestro país hemos sido testigos de un proceso de severación de la pena aplicable a los delitos Contra la Libertad Sexual. Ello es demostración que el Estado ha priorizado el aspecto represivo para enfrentar la lucha contra la criminalidad en este rubro de delitos, optando fácticamente por adherirse a la teoría preventiva general de la pena que prevé que ésta debe tener un mensaje intimidatorio dirigido a la sociedad, a fin que los miembros se abstengan de cometer hechos delictivos ya que de lo contrario serán objeto de sanción con penas severas. Es decir, el Estado busca reducir los índices delictivos a través de la amenaza de imposición de penas graves. La pena así, como reitero, tiene un carácter intimidanteItem La prisión preventiva y la Teoría del Riesgo en el Subsistema Anticorrupción – NCPP y Crimen Organizado del Distrito Judicial de Lima(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2021) Escalante Salazar, Carmen Elvira; Brousset Salas, Ricardo AlbertoLa prisión preventiva es la medida coercitiva personal de mayor gravedad prevista en el Nuevo Código Procesal Penal, recae contra el imputado sometido a una investigación penal, solicitado por el titular de la acción penal y concedido exclusivamente por el Juez de la investigación preparatoria. Esta figura procesal se ha tornado aspera, confusa, problemática y cuestionada por la sociedad; en razón de la falta de predictibilidad al expedirse las resoluciones que resuelven los requerimientos de medidas cautelares; no existe uniformidad de criterios a nivel del Ministerio Público, Poder Judicial y Tribunal Constitucional, lo que genera corrientes heterogéneas y el uso indebido de la medida. Para su imposición se toman en cuenta criterios subjetivos al valorarse los peligros o riesgos procesales de fuga y obstaculización de la actividad probatoria sin sustentación y proporcionalidad en concreto; así como gravedad de la pena conminada para la comisión del delito, antecedentes del imputado; criterios no uniformes que generan falta de seguridad jurídica; al colisionar con garantías del debido proceso, entre ellas la presunción de inocencia, excepcionalidad y proporcionaidad de la medida; ya que la regla general es garantizar la libertad del imputado en tanto no cuente con sentencia condenatoria en su contra. El presente trabajo estudia la pertinencia de la adopción de la Teoría del Riesgo en el Subsistema Anticorrupción como posible solución en la investigación de los delitos contra la administración pública y como método de interpretación y análisis dogmático procesal penal de los artículos 268°, 269° y 270° del NCPP, para resolver los requerimientos de medida cautelar de prisión preventiva.Item Las Rondas campesinas, violación de derechos humanos y conflicto con la justicia formal en el Perú(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2010) Valdivia Calderón, Luis Enrique; Brousset Salas, Ricardo AlbertoDesde el punto de vista del Derecho y las Ciencias Sociales la transformación de una problemática empieza en primera instancia, a partir de una investigación y el conocimiento científico del problema jurídico –social y ello sólo es posible interdisciplinariamente. El Perú es un país pluricultural en el que se desarrollan diversas culturas y subculturas pero en el marco de una estructura económico – social sumamente compleja que se empezó a complicar con el choque cultural que significó el enfrentamiento entre la cultura indígena andina y española en el siglo XVI, originando un verdadero trauma histórico que devino en consecuencias que hasta hoy se siguen sintiendo. Estas culturas no conviven de manera armónica en sana interacción sino en constante contradicción pues se trata de un enfrentamiento en el que existe una cultura formal que conciente o inconcientemente desplaza, segrega, excluye. La predominancia cultural ha traído como correlato un sistema legal dominante y extremadamente formal.Item Lineamientos básicos para la estructura de un sistema penal(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2017) Coronado Salazar, Nayko Techy; Brousset Salas, Ricardo AlbertoPretende sentar los lineamientos básicos para la estructuración y funcionamiento de un sistema penal, dotándole de una conceptualización, estructura, contenido y funcionalidad, y sobre todo, definiendo su finalidad en un medio social; para ello se toma como referencia la Teoría de Sistemas bajo la óptica del sociólogo alemán Niklas Luhmann. Se plantea legitimar el sistema penal peruano, a partir de una unificación y coordinación de los elementos que lo componen (normativos, cognitivos, organizacionales y funcionales), definiendo su apertura o inicio, así como su clausura, pasando por la dinámica de su funcionalidad, y su conexión con los elementos de su entorno y del extra sistema; relevando no sólo el ámbito de la comisión del delito, sino también el de la prevención del delito; y enfatizando como protagonistas del mismo, tanto al infractor penal como a la víctima o agraviado. Todo ello con la finalidad de otorgarle legitimidad en la sociedad, basado en el mantenimiento o restauración de la pacífica convivencia de los miembros de una sociedad.Item Los elementos subjetivos del injusto en los delitos contra el honor, un añadido incompatible con el principio de legalidad material(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2008) Peña Cabrera Freyre, Alonso Raúl; Brousset Salas, Ricardo AlbertoLa presente investigación obedece a dos baremos a saber: primero, de articular un planteamiento dogmático acorde con el principio de legalidad material; y segundo, tal vez lo más importante, de proporcionar dicha proposición dogmática a los operadores de justicia, a efectos de que puedan resolver los casos que llegan a su conocimiento, con corrección y justicia. Sin duda, hoy en día debe procurase que la ciencia jurídico-penal pueda contribuir a la administración de justicia penal, en orden a garantizar la seguridad jurídica, y a fortalecer el principio de igualdad constitucional, paradigma fundamental del Estado de Derecho. De tal manera que la postulación teórica que se pretende plantear en la presente monografía, rebasa un ámbito meramente científico, para adentrarse en el derecho aplicativo, con el propósito de cautelar la eficacia finalista del Derecho penal en el marco de un Estado Social y Democrático de Derecho. Si bien la presente monografía parte de una proposición dogmática, su finalidad esencial es contribuir en un estado fáctico, en cuanto a su aplicación por parte de los Tribunales de Justicia en nuestro país; por lo que la aspiración adquiere un ámbito de legitimación social, la verdadera pacificación de la conflictividad social producida por el delito.Item Usos y abusos de la prueba de oficio en el proceso penal peruano (2007-2019)(Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2021) Ramos Dávila, Liza; Brousset Salas, Ricardo AlbertoEn los últimos tiempos se ha discutido mucho acerca de la facultad judicial reconocida en el artículo 385.2 del CPP de 2004 que faculta a los jueces a ordenar prueba bajo determinadas circunstancias siempre que ello asegure la obtención de información para decidir en un proceso penal. La discusión se ha centrado en analizar si aquella facultad judicial es constitucional o no, o si vulnera principios del proceso penal. Se ha partido para ello de algunos tópicos relacionados con el modelo procesal penal y en el paradigma que representa el juez como buscador de la verdad o como tercero neutral en la búsqueda de las pruebas. Lo que hemos identificado en la presente investigación es que más allá de la discusión sobre los modelos procesales, o del paradigma del juez que podemos defender, la aplicación misma del art. 385.2 limitada por presupuestos legales específicos, no ha sido verificada ni cumplida a cabalidad; al punto tal que, en las ocasiones en que los jueces han decidido aplicar la prueba de oficio, no han justificado el cumplimiento de los presupuestos legales que la institución establece. Por ello, esta investigación analiza los presupuestos de aplicación de la prueba de oficio en nuestro país y pone el acento en que si estamos ante una facultad judicial excepcional, su uso ha de estar plenamente justificado en los propios términos que exige el art. 385.2 del CPP; pues de lo contrario se afectarían de manera concreta principios del proceso penal y se desdibujaría el rol de los sujetos procesales con graves perjuicios para las partes y para el proceso penal de nuestro país.